Es un beneficio que entrega el Gobierno por una sola vez en
reconocimiento a la importancia de la familia y está destinado a todas aquellas
parejas que hayan cumplido 50 o más años de matrimonio, y que cumplan con los
requisitos establecidos en la Ley.
¿Cuáles
son los requisitos del Bono?
Además de tener al menos
50 años de matrimonio, deben cumplir con lo siguiente:No estar separados ni
divorciados ni que el matrimonio hubiese terminado por cualquier causa legal
1.
Tener Ficha de Protección Social y un puntaje menor o igual a
14.557 puntos.
2.
Vivir juntos, es decir, en el mismo domicilio; o acreditar
residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos cónyuges), reconocidos por
la autoridad competente.
3.
Tener residencia en Chile cuatro de los últimos cinco años antes
de solicitar el beneficio.
¿Cuándo
acceder al Bono Bodas de Oro?
La nueva Ley promulgada
el martes 7 de agosto por el Presidente de la República, Sebastián Piñera,
permite adelantar la solicitud y pago del Bono a aquellos beneficiarios que
debían esperar hasta el aniversario de matrimonio de 2013 o 2014 de acuerdo al régimen
transitorio que establecía la ley 20.506.
En
consecuencia, a contar de la fecha de publicación podrán solicitar el beneficio
los cónyuges que durante el 2012:
1.
Cumplan 50 años de matrimonio,
2.
Cumplan 58, 59 o 60 años de matrimonio (por haber celebrado sus
bodas de oro los años 2004, 2003 o 2002 respectivamente) y
3.
Gracias a la nueva ley, también cumplan 53, 54, 55, 56 y 57 años
de matrimonio (por haber celebrado sus bodas de oro entre los años 2005 y 2009,
ambos incluidos. Si cumplieron los años de matrimonio antes de la publicación
de la ley, podrán solicitarlo inmediatamente).
Los
próximos años podrán solicitar su bono las personas que vayan cumpliendo 50
años de matrimonio año a año, siempre que además cumplan con los otros
requisitos establecidos para ello. Una vez que se publique la Ley se informará
oportunamente para que las personas concurran a solicitar el beneficio.
¿Dónde y cómo acceder al
Bono Bodas de Oro?
Los matrimonios, una vez que
verifican el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley, pueden
acercarse a cualquier sucursal del IPS para solicitar su Bono.
El plazo es de un año desde que
se cumple el aniversario de matrimonio. Cabe recordar que las personas pueden
solicitar el bono a partir de la fecha en que cumplen los años de matrimonio
estipulados como requisito para acceder al beneficio.
Para más información puede
llamar al fono 600 440 0040 o visitar el portal www.ips.gob.cl
Fuente: http://www.bodasdeoro.cl/
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